Algunas precisiones

para restablecer la verdad sobre la situación del Monasterio “María Templo del Espíritu Santo” de Pienza
Parte III - Nuevos desarrollos

Esta tercera parte de mi intervención en defensa de las monjas de Pienza es la continuación de una primera parte dedicada a la secuencias de los acontecimientos (aquí) y de una segunda parte sobre las providencias canónicas aplicadas por la Santa Sede, con la colaboración de la diócesis de Chiusi-Pienza-Montepulciano y de la Federación Picena de la Orden Benedictina (aquí).

I. Breve resumen de los últimos acontecimientos pasados

La segunda parte terminaba mencionando los interrogatorios a familiares de las monjas realizados por los Carabinieri a finales de febrero. A principios de marzo, la prensa informó estos hechos, anunciando la posible apertura de un expediente en la Fiscalía competente (aquí y aquí), pero unos días más tarde -el 16 de marzo- el Corriere di Siena informaba de que no había ninguna investigación en curso, que no se había encontrado ningún elemento que pudiera constituir delito y que el asunto se consideraba competencia de la autoridad eclesiástica: “el asunto no presenta delitos que deban ser investigados, sino simplemente cuestiones internas en la Iglesia, y correspondientes a las reglas de la Orden y del convento benedictino, por lo que entran dentro del perímetro de la justicia y del derecho eclesiástico” (aquí).

Esto confirma la anomalía del recurso al “brazo secular” por parte de la Curia y de la Federación Benedictina, desechado precipitadamente por ser claramente abusivo e irregular.

De la misma manera, hay que recordar que la decisión de la diócesis y de la Federación de emitir un comunicado contra las Monjas causó un gran revuelo y significó un grave daño para la reputación de las Religiosas, que fueron definidas por la prensa como “monjas rebeldes” a causa de las acusaciones genéricas y difamatorias que la autoridad eclesiástica dirigió contra ellas. Si las Monjas se vieron obligadas a proteger públicamente su buen nombre, fue debido a la imprudencia demasiado desenvuelta de la Curia de Pienza.

II. Falta de respuesta a las “reclamaciones”

Después de la visita apostólica decidida por el Dicasterio romano sin dar de antemano los motivos y sin comunicar los resultados, las Monjas habían visto aparecer en Pienza emisarios vaticanos que pretendían ejecutar decretos que no habían sido debidamente notificados, y el 18 de febrero habían enviado -de acuerdo con el can. 1734, §1- sus Remonstrationes para pedir que se les informara de las presuntas acusaciones formuladas contra ellas, a fin de poder defenderse.

La Santa Sede debería haber respondido a estas Remonstrationes dentro del plazo de treinta días (canon 1735 CIC), pero esto no sucedió, añadiendo una irregularidad más a las ya cometidas. En lugar de ello, el 20 de marzo se entregó un nuevo decreto del Dicasterio, fechado el 14 de marzo y con protocolo 27887/2014, firmado por el prefecto cardenal Braz de Aviz y del secretario monseñor Rodríguez Carballo, con el cual se reafirman las decisiones tomadas en el decreto anterior, con la única excepción de una “concesión” de sesenta días para que la abadesa y la priora elijan dos comunidades diferentes a las que serán trasladadas definitivamente. En esencia, la autoridad romana sigue sin explicitar ni las razones que determinaron la Visita, ni los resultados de la misma, que deberían haberse indicado en un informe final. Esto hace suponer que no hay razones concretas detrás de estas medidas y que la acción del Vaticano es totalmente capciosa, un pretexto sin ningún fundamento.

Igualmente, hay que señalar que el nuevo decreto acumula varias disposiciones sin ninguna distinción formal, destinadas a las Religiosas como Comunidad y como Hermanas individuales, a las Monjas y a sus Superioras. Y si en el primer decreto se hablaba de “condiciones particulares de la comunidad”, en el segundo la expresión “a raíz de las cuestiones críticas surgidas de la Visita Apostólica” no añade ningún elemento más que legitime las medidas disciplinarias adoptadas. Más bien pone en evidencia el torpe intento de dotar arbitrariamente de contenido a acusaciones indeterminadas e inexpresadas (canon 36, § 1). Y hay que añadir que nunca se formuló ninguna advertencia o reprimenda antes de que se ordenara la Visita, ni a toda la Comunidad ni a las Superioras. Si, por tanto, el fin de la acción disciplinaria -como exige la Caridad (Mt 18, 15-18) incluso antes que el derecho- es la corrección de una falta, es evidente que es imposible para las Hermanas enmendar una falta que ni siquiera ha sido mencionada: verdaderamente una singular manera de “animar y regular la práctica de los consejos evangélicos” por parte del Dicasterio responsable de ello.

III. Las “concesiones” del nuevo decreto

Más allá del hecho que el decreto se refiere indiscriminadamente a varias destinatarias, es desconcertante que simule cierta atenuación de las disposiciones anteriormente tomadas con respecto a la Abadesa y la Priora, donde concede a las dos monjas la posibilidad de elegir dos monasterios distintos -para separarlas y aislarlas con vistas a su “reeducación”- en lugar de exclaustrar a la Abadesa y enviar a la Priora al “monasterio” de Bose, bien conocido por sus posiciones ultramodernistas y su absoluta ausencia de carisma benedictino y de vida claustral.

Este patético intento de ofrecer a las Superioras una solución alternativa a la exclaustración o a la reeducación en Bose tiene evidentemente por objeto inducir a las dos monjas, bajo la presión de los acontecimientos y de la tensión emocional provocada por el asunto, a renunciar a su sacrosanto derecho a una defensa que demuestre su absoluta ajenidad a cualquier acusación. Esto se debe al deseo de no tener que llegar a la formulación explícita de acusaciones que resultarían capciosas e inconsistentes. No sólo eso: el nuevo decreto no explica por qué la severa decisión del anterior ha sido modificada por otra que, aunque menos severa, sigue siendo injustificada mientras no se impugnen específicamente las supuestas deficiencias indicadas genéricamente como “críticas”.

En la práctica, el Dicasterio se niega a formular las acusaciones de las que deberían poder defenderse la Abadesa, la Priora y todas las Monjas de Pienza; y se limita a reducir parcialmente el castigo de un delito no explicitado, para inducirlas a ceder con el único fin de evitar penas peores. Calificar este comportamiento de escandaloso y chantajista es decir poco, sobre todo viniendo de alguien que en 2018 exhortó al Claustro -en un lenguaje irrespetuoso, además- a no dejarse manipular “aunque sean obispos, cardenales, frailes u otras personas” (aquí).

De esta manera, se niega a las Monjas el más elemental derecho de defensa, haciendo aún más devastador el daño a la imagen y reputación de las Religiosas. El decreto ni siquiera insinúa las modalidades de una posible impugnación, mientras lesiona los derechos de la Abadesa y del Capítulo, que ven ilegítima e injustificadamente usurpado el ejercicio de su cargo (cf. canon 1375, §1).

IV. Las nuevas “Remonstrationes” y el recurso a la Signatura Apostólica

El nuevo decreto del 14 de marzo, como dijimos, se refiere indistintamente a varios destinatarios: por una parte confirma las disposiciones del decreto anterior respecto a la Comunidad, mientras que por otra imparte nuevas disposiciones respecto a la Abadesa y a la Priora. Las disposiciones relativas a la Comunidad, en la medida en que confirman lo ya establecido en el decreto anterior, no pueden ser objeto de una nueva Remonstratio ante el Dicasterio, sino de un Recurso ante el Tribunal de la Signatura Apostólica, la “corte suprema” de la Santa Sede. Este Recurso fue rápidamente transmitido por las Monjas el 30 de marzo pasado.

Por su parte, la Abadesa y la Priora, al ser destinatarias de nuevas disposiciones, presentaron el pasado 30 de marzo al dicasterio dos nuevas Remonstrationes, en las que solicitan la revocación de las disposiciones del decreto del 14 de marzo y el acceso a las actas. Entre ellas, toda la documentación relativa a la erección canónica del Monasterio “María Templo del Espíritu Santo”, que, como vimos en la primera parte de nuestra intervención, fueron manipuladas por el anterior Ordinario de Pienza, monseñor Stefano Manetti; y asimismo las actas que dieron lugar a la ordenación de la Visita Apostólica y las concernientes al informe final de la misma. Las Monjas piden también explicaciones sobre el uso, cuando menos anómalo, del mismo número de protocolo para documentos diferentes.

V. La posición del Vaticano

El asunto del monasterio de Pienza saca a la luz, una vez más, la desastrosa situación en la que se encuentra la Curia romana. El Dicasterio presidido por Braz de Aviz, en particular, demuestra que ni siquiera sabe dar una apariencia de legitimidad a los actos que produce, sumando la arrogancia y el autoritarismo del prefecto y del secretario a la incompetencia y a la aproximación del personal encargado de redactar los documentos. Frente a ciertos errores macroscópicos, uno se pregunta si se someten los decretos al escrutinio de un canonista, y cómo es posible -si no es recurriendo al “copia y pega” de un procesador de textos- que ni siquiera los números de protocolo sean fiables.

Queda por ver si, llegados a este punto, habrá alguien en Roma que se resigne a seguir las normas canónicas y, sobre todo, a actuar con justicia, porque está en juego no sólo la imagen de la Sede Apostólica -ya ampliamente comprometida-, sino la vida y la serenidad de trece monjas que sólo son culpables de querer seguir al Señor según el carisma benedictino y en la Tradición.

La alternativa que se prevé es la perpetuación de un clima tiránico reiteradamente denunciado por los desventurados que trabajan en la Curia romana, recurriendo a la vía extrema de las sanciones contra las Religiosas. Y esto sería aún más escandaloso, si sólo se lo compara con otros casos verdaderamente graves para los que se garantiza la máxima indulgencia cuando no la total impunidad. El escándalo de la remisión de la excomunión para el sacrílego y pervertido padre Rupnik -cuyos horrendos y carísimos mosaicos desfiguran las iglesias de la urbe y de la orbe- debería hacer comprender la disparidad de trato reservada a los nepotes de Santa Marta, que el cardenal Gerhard Mueller ha resumido icásticamente, señalando cómo los amigos de Bergoglio gozan de un estatus privilegiado (aquí), mientras que los enemigos son objeto de la más despiadadas malversaciones.

VI. Nuevas presiones sobre las Monjas

Si el segundo decreto del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica no ha contribuido en absoluto a devolver la serenidad a las monjas, no puede decirse que la actuación de las benedictinas de la Federación Picena haya dado pruebas de sensibilidad y respeto hacia ellas.

La Madre Daniela Vacca -designada por el Dicasterio como administradora y encargada de nombrar a la nueva Superiora- volvió a presentarse a las puertas del Monasterio junto con otra monja, llamando y telefoneando compulsivamente durante horas para intentar entrar, a pesar de que la ejecutoriedad del decreto estaba suspendida por el recurso presentado por las Monjas, hasta el punto de obligar a la Madre Diletta a intimarlas diciendo que llamaría a los Carabinieri si no se marchaban.

Después fue el turno de otras monjas del monasterio de origen de las Monjas en Pienza –“Santa María de las Rosas” en Sant’Angelo en Pontano- que también vinieron a intentar una incursión para convencer a sus hermanas de que se rindieran. No se sabe en calidad de qué se presentaron estas monjas, quién las envió y quién las autorizó finalmente a romper la clausura a la que están obligadas. El pretexto era evidentemente inocente: asegurarse de que estaban bien y de que actuaban libremente, sin coacción de sus superioras. ¿Pero no habían verificado estos aspectos ya los Carabinieri, para los que no había ningún elemento que apoyara las sospechas insinuadas de que estaban siendo sobornados o manipuladas psicológicamente? ¡Y qué hipócrita esta solicitud, si se considera que ni la Santa Sede ni la Curia se han preocupado en garantizar los medios materiales de subsistencia -llegando incluso a prohibir toda ayuda económica al Monasterio- y espirituales, obligando a las Hermanas a recorrer kilómetros para poder asistir a la Misa y a las celebraciones del Triduo Pascual.

 

VII. Conclusión

La vida religiosa de las monjas de Pienza se ha visto gravemente comprometida por una grotesca serie de ataques, amenazas e intimidaciones en las que ha intervenido la prensa y que han dañado no sólo su reputación, sino también su paz interior y su bienestar psicofísico. ¿Y todo esto por qué razón y con qué fin? Más allá de los intereses económicos de los subalternos, interesados en desalojar a las Hermanas para disponer del antiguo Seminario y utilizarlo como centro de acogida para refugiados o venderlo para hacer un resort de lujo, es evidente la voluntad del Dicasterio de castigar a las Religiosas por su decisión de acercarse a la Tradición y a la Misa antigua, en el contexto de un ataque generalizado a los Monasterios de vida contemplativa.

Este crimen de “leso Concilio” -y más aún de “lesa maestà” respecto a Bergoglio y sus celosos adláteres- ha tenido como resultado persuadir a las Monjas de la necesidad de abandonar definitivamente el rito reformado y abrazar exclusivamente la Liturgia tradicional. Y si una actitud más prudente y paternal habría quizás retrasado este proceso de “conversión”, la arrogancia y el autoritarismo del Dicasterio, de la diócesis y de la Federación Picena han fortalecido la determinación de las Monjas, reforzando su vínculo comunitario, su lealtad a la Abadesa y su voluntad unánime. No se puede decir que el Vaticano haya salido bien parado: fuertes con los débiles y débiles con los fuertes, como ocurre siempre que se prefiere seguir la mentalidad del mundo y negar los principios del Evangelio.

Es lamentable constatar que -sea cual sea la decisión de las autoridades implicadas- lo último que les interesa a los mercenarios que infestan la Curia romana es ejercer concretamente esa Caridad que con demasiada frecuencia hemos oído mencionar de palabra, mientras practican al máximo ese “clericalismo” contra el que su líder ha arremetido una y otra vez.

Y mientras los burócratas romanos no duda en privar a esta Comunidad de sus medios de subsistencia, las Monjas se organizaban para hacer frente a las necesidades más urgentes fundando la Asociación “María Templo del Espíritu Santo”. Esta iniciativa brindará a los fieles -víctimas también de estas escandalosas purgas- la oportunidad de testimoniar concretamente su apoyo a las Religiosas, que representan una referencia espiritual indispensable en el tejido eclesial local. Será interesante ver cómo se pondrá el Vaticano frene al apoyo de los laicos, a quienes los partidarios de la “vía sinodal” bergogliana parecen considerar importantes en la Iglesia. La Asociación permitirá a los fieles ayudar a las Monjas con donativos, herencias o legados, y más adelante también será posible destinar a la Asociación el “5 por mil” con la declaración de la renta.

Quienes quieran ayudar a las Monjas pueden enviar sus ofrendas a la cuenta a nombre de la Asociación “María Templo del Espíritu Santo” en el BancoPosta, IBAN IT84Q0760114500001065644401

 

Pero si la ayuda material a las Monjas es ciertamente importante, no lo es menos la ayuda espiritual, que cada uno de nosotros puede prestarles mediante la oración y la penitencia, aprovechando estos días de Semana Santa.

En vísperas del Triduo Sacro, en el que contemplamos los Misterios de la Pasión y Muerte del Salvador como preparación a la Resurrección Pascual, todos estamos llamados, como miembros vivos del Cuerpo místico, a unirnos a los sufrimientos de Cristo y de su Iglesia. Esta passio Ecclesiæ, que se realiza en cada fiel y en todo el cuerpo eclesial, representa una saludable purificación: nos muestra, como hace 1990 años, a los pocos que permanecen al pie de la Cruz y a los muchos que huyen, a los que niegan a Cristo, a los que siguen al Sanedrín.

Acompañemos, pues, al Señor, con espíritu sobrenatural, en el camino del Calvario. Sigámosle, junto con las pías mujeres y las numerosas almas buenas que le aman, en su inmolación al Padre por nuestra salvación y la del mundo entero. Y recemos con fe para que Él dé fuerza a los que todavía hoy completan en su carne lo que falta a Sus padecimientos, para bien de Su cuerpo que es la Iglesia (Col 1, 24).

 

+ Carlo Maria Viganò, Arzobispo

5 de abril de 2023
En el cuarto día de Semana Santa

 

Publicado originalmente en italiano el 5 de abril de 2023, en https://www.marcotosatti.com/2023/04/05/il-caso-del-monastero-di-pienza-nuovi-sviluppi-mons-vigano/

Traducción al español por: José Arturo Quarracino

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